En general, no. Solo lo cubrirá cuando tenga
contratado un seguro que cubra daños parcia-
les a su vehículo, que es la cobertura más com-
pleta para automotores. En este caso los daños
deben ser cubiertos por la aseguradora del vehículo
que los causó, si es que se lo puede identificar.
Viernes 9 de noviembre de 2018
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TODO LO QUE HAY QUE SABER CUANDO SE CONTRATA
Tengo seguro,
¿estoy tan seguro?
Frente a un siniestro vial, la primera frase
que en general se pronuncia es: “Yo
tengo seguro”. Ahora, ¿realmente se
conoce la letra chica de cada póliza y
cuáles son las causas que las compañías
esgrimen para no pagar coberturas?
Si no se probara
algún grado de
culpa de la víctima o
de un tercero, el conduc-
tor sería responsable
penal y civilmente. Y la
aseguradora debería ha-
cerse cargo de la indem-
nización.
¿Y si por las malas
condiciones de la
ruta, sufro un sinies-
tro? Hay que distinguir la
cobertura con que se
cuenta. Si su seguro
tiene previsto la indemni-
zación de los daños de
su propio vehículo, si, de
lo contrario no debe cu-
brirlo. De todas maneras
no son las aseguradoras
quienes deben responder
por las malas condicio-
nes de una ruta, sino el
Estado.
Si el productor de
seguros no rindió el
pago efectuado por
el asegurado, la asegu-
radora puede rechazar
el siniestro porque la pó-
liza no cuenta con co-
bertura financiera. Si se
acredita que el asegu-
rado le pagó al produc-
tor y este no rindió el
pago, es pasible de san-
ciones civiles y penales.
Además de cometer un
delito, debe responde
por las consecuencias
patrimoniales. Aunque
estas situaciones hay
disminuido notable-
mente desde marzo de
este año raíz de una re-
solución de la SSN se
prohíbe a los producto-
res recibir dinero en
efectivo.
Si el banco no re-
alizó el débito del
pago mensual. En prin-
cipio se suspende la co-
bertura, pero depende
de la actitud de cada
aseguradora. Algunas
dan 10 días para que se
efectivice el pago. Otras
intentan el cobro 3
veces al mes, los días
10, 20 y 30, etc. Pero lo
cierto y preocupante es
que casi ninguna avisa
al asegurado inmediata-
mente que no se pudo
cobrar la cuota y por lo
tanto se podría suspen-
der la cobertura. En defi-
nitiva, hay que estar
atentos a los débitos del
seguro.
Por otro lado, si una
aseguradora no
cubre sus obligacio-
nes porque es insol-
vente o es liquidada, el
responsable del pago es
el conductor y el titular
del vehículo que causó
el daño. Sin perjuicio de
esto hay antecedentes
judiciales que condena-
ron a la Superintenden-
cia de Seguros de la
Nación (SSN) al pago
de una indemnización
cuando se pudo acredi-
tar que fue deficiente
como órgano de control
de las aseguradoras.
Me olvidé de
pagar el seguro,
¿pierdo la póliza?
Si una persona contrata un
seguro particular y utiliza su
auto como remís, obviamente
la aseguradora no pagará los daños
que se produzcan a los pasajeros
transportados en ese remís. El se-
guro para los remises es un seguro
especial distinto del de los autos
particulares y obviamente con otro
costo
Otro caso es, a la salida de
los boliches, los jóvenes sue-
len transportar más personas
que las indicadas. Hay que tener en
cuenta que en caso de siniestro, la
aseguradora no responderá por los
daños que sufran los transportados
en exceso de acuerdo a las especi-
ficaciones del fabricante. Es decir
que si el vehículo viene con 5 pla-
zas, si van más, no están cubiertos.
Otro ejemplo son las camione-
tas con caja abierta, que trans-
portan los chicos en la caja. Si
se lastima alguna de las personas
que van en la caja, no están cubier-
tas. La caja es para transportar
carga, no personas.
No sé quién chocó mi auto, ¿cubre el
seguro si la póliza es contra terceros?
Choqué e iba alcoholizado
Sea menor o adulto, si el resultado de la alcoholemia su-
pera los límites permitidos, la aseguradora no cubre el si-
niestro. Hay que recordar que la Ley de Tránsito estipula
como límite para los controles de alcoholemia 0,5 g/l para vehí-
culos en general, 0,2 para motociclistas y 0 para conductores
profesionales. Siempre les decimos, sobre todo a los jóvenes:
Si querés tomar, tomá, pero si tomás, tomate un remís.
¿Qué pasa si uso mi auto particular como remís?
¿Qué ocurre si levanto
a una persona que
hace dedo, choco y
ella muere?