El Nuevo Diario - page 5

La Ley Seca en la picota
Viernes 13 de abril de 2018
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EL CASO PRAGA SENTÓ UN PRECEDENTE POLÉMICO
Un restobar fue clausurado
porque una empleada del
lugar estaba con sus hijos me-
nores. El Código de Faltas no
contempla una serie de figuras
comerciales, como restobar o
drugstore, lo que genera que
ciertos vacíos legales. Ahora,
los propietarios no permiten
que mayores ingresen acom-
pañados de menores.
A
unque quizás en voz baja
todavía
,
la Justicia y la Policía
reconocen que la llamada “Ley
Seca” debería ser revisada. Desde que
fue sancionada hasta ahora, acumula va-
rios vacíos legales que terminan perjudi-
cando a veces a la sociedad.
Mientras tanto, ambos poderes se dedican
a hacer cumplir el Código de Faltas vi-
gente, para el que no existen las figuras
comerciales “restobar” o “drugstore”, entre
otras.
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La polémica sobre esta ley comenzó a
partir del motivo de la clausura del resto-
bar Praga, ubicado en el departamento Ri-
vadavia, y que dejó entrever que cada día
será más difícil para una pareja salir a
cenar con sus hijos menores de edad en
San Juan. Es que el cierre del lugar se dio
porque una empleada del bar estaba
acompañada por sus hijos menores,
hecho que la Policía consideró como una
infracción contemplada en el Código de
Faltas.
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El caso generó polémica por varios moti-
vos: Por un lado, la inexistencia para la
Ley de la figura del “restobar”, hoy de
moda. Por otro, el vacío legal al respecto.
Y, concomitante con lo anterior, la decisión
de los propietarios de estos espacios de
impedir el ingreso de padres con sus hijos
menores, aun en horarios normales para
una cena.
En las últimas semanas, y a partir del
caso Praga, se sucedieron muchas clau-
suras por ese motivo: padres con hijos
menores en lugares que no eran “restora-
nes”.
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Según la Real Academia Española, “resto-
bar” es la fusión de restorán y bar. En Ar-
gentina, Chile, México, Perú y Uruguay,
significa establecimiento en el que hay
servicio de bar y de restaurante.
Desde la Policía y la Justicia argumentan
que se inventaron rubros o actividades
que no estaban contempladas. Por eso,
en materia contravencional, ahora hay
normas llamadas “abiertas”, en las que,
en la parte final de la redacción, dicen “
y
todo otro que cumpla idéntica finali-
dad”.
La idea es que la ley sirva para controlar
los fast-food, los restobar o los drugstore,
por citar algunas denominaciones no pre-
vistas.
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Como ante un vacío legal, “todo lo que no
está prohibido, está permitido”, cuando un
acta de clausura llega a manos del juez y
habla de la presencia de menores, aun-
que no haya estado consumiendo alcohol,
el magistrado debe comprobar, a través
de las habilitaciones, cuál es la actividad
principal del local.
Una imagen del verano pasado del restobar Praga, que fue ahora clausu-
rado por la presencia de los hijos menores de una empleada en el lugar.
l
Los padres no pueden
concurrir con sus hijos me-
nores a cenar a un restobar.
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Un adolescente no puede
salir a cenar un restobar.
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Un mayor de 18 años no
puede concurrir a una ma-
tiné con su novia de 17.
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Una menor de 17 años no
puede concurrir con su
novio de 18 a un boliche.
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El problema es que estas
actividades se hacen habi-
tualmente, o bien mintiendo
el adolescente o bien con un
adulto que hace la vista
gorda y deja hacer.
—¿Se justifica que en varios luga-
res vaya gente a cenar con hijos y
no los dejen entrar porque van con
menores?
—No, si es un restaurante y es su ac-
tividad fundamental, no hay problemas
porque está regulado por la ley de es-
pectáculos públicos y están excluidos.
En realidad, hay que saber a qué se
dedica, cuál es su actividad principal.
—¿Qué pasa si es resto—bar?
—Se van inventando mezclas a los
fines comerciales que no están com-
prendidas en ninguna normativa. Lo
que tenemos que averiguar es si fun-
ciona como restaurante o como bar.
—¿Qué pasa si en los juzgados cae
una clausura para un resto—bar?
—En mi caso debería averiguar, si el
dueño me dice que su actividad princi-
pal es restaurante, no es bar ni tam-
poco se baila, puede entrar el mayor
con los hijos menores, solo que el
menor no puede tomar alcohol, pero el
padre sí, puede tomar un vino tran-
quilo. Si argumenta que no es un bar o
local bailable, lo que se constata con
la habilitación.
—Muchos de estos lugares funcio-
nan como locales de comida hasta
determinada hora y después como
bar.
—Habrá que ver, no pueden funcionar
las dos cosas. La realidad es que esas
mezclas, en mi opinión, no estarían
permitidas. Habría que controlar por
horario y es algo muy engorroso. Ten-
dríamos un bar funcionando en horario
prohibido. Todo lo que digo se da en
un marco general, pero cada caso me-
rece una atención en particular. Lo que
sí es que el resto—bar no es una fi-
gura que esté prevista, es algo inven-
tado.
—No sería lo único inventado como
actividad.
—No, también inventaron el drugstore,
¿qué es el drugstore? El que sabe in-
glés sabe de qué se trata, pero hay
que ver qué alcance le dieron. La reali-
dad concreta es la que termina impe-
rando.
—¿Se puede aplicar eso de que
todo lo que no está prohibido, está
permitido?
—Desde luego. Tenemos un sistema
penal—administrativo que tiene que
estar tipificado. En la contravención
hay legislación de tipo abierto, por
ejemplo
“y todo otro que cumpla
idéntica finalidad”.
Eso es porque
todos los días se inventa algo, enton-
ces eso abarca lo que no está com-
prendido. No se puede seguir el ritmo
del invento.
ENRIQUE MATTAR – JUEZ DE FALTAS
“La figura del restobar no existe”
Los problemas que ocasiona la ley
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