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Viernes 8 de junio de 2018
LA HIJA HACE 20 AÑOS
cedían la beba.
Victoria María Agüero:
es quien le dio
un techo a Vanesa Sánchez durante los
últimos meses de embarazo, quien la
fue a buscar al Hospital de Caucete
después del parto y quien firma el certi-
ficado de defunción diciendo que la hija
biológica de Vanesa Sánchez murió el
22 de mayo de 1998 en su casa del Ba-
rrio Justo P. Castro I, Manzana A, Casa
18, departamento Caucete. Se le con-
cedió la prisión domiciliaria por su deli-
cado estado de salud.
Patricia Miranda Agüero:
Fue demo-
rada y aparece imputada en la causa.
Fue quien le confirmó a Vanesa Sán-
chez que su hija estaba viva pero pidió
que no la molestara porque no quería
verla. Es considerada cómplice por
haber callado todo, aunque cuando se
produjeron los hechos era una niña.
El médico Celestino Elías se entregó en el Juzgado Federal.
L
a defensa de AgüeroRosa
Alicia Agüero apeló a dos
ejes para defenderse y tra-
tar de que todo pase como que
existió pero no hubo intención de
delinquir, sino que todo fue pro-
ducto de su propia ignorancia.
Incluso le habría entregado al juez
un papel escrito de puño y letra –
supuestamente- por Vanesa Sán-
chez, mediante el cual cedía a la
bebé porque fue echada de su
casa. Si bien esta cesión carecería
de todo valor legal, en cierta forma
mostraría que no hubo intención
de apropiación de su parte y hasta
podría caberle mayor gravedad a
accionar del médico Celestino
Elías.
La defensa
de Agüero
Celestino Elías:
es el médico que
firmó el acta de defunción de Micaela
Guadalupe y luego el acta de naci-
miento de la hija de Agüero. Tiene
tres números de matrícula distintos.
Podría ser beneficiado con la baja en
la calificación –se le quitaría la apro-
piación de menores-, lo que permiti-
ría su excarcelación. De lo que no
podría zafar es del cargo de usurpa-
ción de identidad.
Rosa Alicia Agüero:
aparece como
madre soltera al momento de inscri-
bir a su hija en el Registro Civil de
San Martín. La anotó a su nombre el
27 de mayo de 1998, declaró que la
tuvo el 22 de abril de 1998, en su
casa, certificado por el médico Celes-
tino Elías, según consta en el Acta
172, tomo 117 del año 1998. Se de-
fendió en la indagatoria presen-
tando un escrito mediante el cual le
El rol de cada imputado
cado de nacimiento a la pequeña,
ahora con el nombre de Silvina Clau-
dia Agüero, nacida el 22 de abril de
1998. Y que un mes después, el 22 de
mayo, firmó el acta de defunción de
Micaela en Caucete.
Un día, Vanesa vio en la calle a una
cete, y según cuenta, fue Patricia Mi-
randa Agüero quien le aseguró que su
hija estaba viva, pero que no se preocu-
para por buscarla porque la joven estaba
bien y no quería conocerla.
A partir de ese momento, hizo todo lo
que estuvo a su alcance para poder re-
pequeña de unos 4 años muy parecida
a ella –todas las personas que han co-
nocido a Micaela afirman que es notorio
el parecido entre madre e hija-. Quedó
tan impresionada que de inmediato fue
a contárselo a una de sus amigas
(ahora será testigo del caso). Junto a
ella, Vanesa volvió a la casa de Cau-
Lo que no cierra
Qué relación tiene la responsable
del Registro Civil de Caucete en
1998, Ercelina M de Agüero, con las
imputadas en la causa. Ella firmó la
partida de nacimiento y la de defun-
ción de Micaela Guadalupe Sán-
chez.
Qué relación hay actualmente entre
el médico y la acusada de apro-
piarse de la beba.
Por qué Patricia Miranda Agüero
calló todo pero en un momento se
contactó con Vanesa para advertirle
que se olvidara de seguir buscando
a su hija porque esta no la quería.
El acta mediante la cual Vanesa ha-
bría entregado su hija a Rosa
Agüero, aunque no tendría valor
legal.
cuperar a su Micaela.
“A mi hija le diría que se hizo justi-
cia, que le decía la verdad”.
Hoy, Va-
nesa logró que se comience a hacer
justicia, pero aún no logró mitigar el
dolor que siente en su corazón.
Cómo se
entregó el médico
E
l miércoles 6 de junio, Celes-
tino Elías, el médico que era
intensamente buscado desde
hace una semana, llegó al Juzgado
Federal a bordo de una unidad de la
Policía Federal.
Aconsejado por su abogado Marcelo
Sández Luján, el médico se puso a
Derecho, luego de haber presentado
un pedido de eximición de prisión,
para asegurarse que tras su declara-
ción indagatoria no quedará detenido.
Entre otras preguntas, Elías deberá
responder por qué “mató” a la beba
mediante un certificado de defunción
falso y luego la “hizo nacer” con otra
partida de nacimiento, con la que ob-
tuvieron un nuevo DNI.
Penas
L
as penas para la mayoría
de los delitos que se inves-
tigan en esta causa no son
excarcelables.
Sustracción de menores - artí-
culo 146 Código Penal-
Será re-
primido con prisión o reclusión de
5 a 15 años, el que sustrajere a
un menor de 10 años del poder
de sus padres, tutor o persona en-
cargada de él, y el que lo retuviere
u ocultare.
Supresión de identidad -artículo
139 inciso 2 Código Penal-
Se
impondrá prisión de 2 a 6 años: Al
que, por un acto cualquiera, hi-
ciere incierto, alterare o suprimiere
la identidad de un menor de 10
años, y el que lo retuviere u ocul-
tare.
Rosa Alicia Agüero en el momento en que fue detenida.
Tanto el
acta de
defunción
como la
partida de
nacimiento,
están
certificados
por Elías,
con distintas
matrículas.