El Nuevo Diario - page 8

Viernes 12 de julio de 2019
8
¿ESCÁNDALO EN PUERTA?
UNSJ: Un docente dudó de la legalidad
de exámenes en materias no vigentes
Docentes excluidos
para tomar exámenes
A
partir del 2016, los docentes que
cuestionaron la validez de los
exámenes de las asignaturas de
planes de estudio no vigentes fueron ex-
cluidos de los tribunales examinadores.
Uno de los docentes fundó debidamente
su negativa a tomar examen y, al pare-
cer, fue considerado así por parte de las
autoridades, pese a que sostenía que se
trataba de una dudosa validez legal la
de los exámenes. Otro docente titular
también fue excluido de los tribunales
examinadores pero esta vez sin mediar
excusación ni recusación en su contra.
Otros docentes al tanto de la situación se
negaron a tomar exámenes de asignatu-
ras de planes de estudio vencidos; nin-
guno fue sancionado, a pesar de que la
normativa dice que la toma de examen es
una obligación ineludible de los docentes.
El problema existe en todas las facultades, no sólo en Filosofía.
Las asignaturas perdieron
vigencia cuando se
cambiaron los planes de
estudio. Es llamativo que un
alumno aprobara 20
materias en 25 años y las 5
últimas materias de la
carrera en sólo dos meses.
S
e conoció que un docente se negó
a integrar un tribunal examinador
por considerar que no correspon-
día tomar examen a alumnos que ren-
dían con planes de estudios que ya no
estaban vigentes y cuyo plazo máximo
de dos años de vigencia ya había ven-
cido. La supuesta anormalidad fue
puesta en conocimiento de la Dirección
de Asuntos Legales de la casa de estu-
dios por otro docente titular de una de las
asignaturas.
El hecho fue denunciado por un docente
de la Facultad de Filosofía, Humanidades
y Artes de la UNSJ, y si bien hace refe-
rencia a esta unidad académica, también
se conoce que una situación similar se
plantea en las otras facultades, respal-
dado esto por dichos de algunos decanos
y por normas administrativas que hacen
excepciones.
En la UNSJ, cuando se implementa un
nuevo plan de estudios, se suspende la
inscripción de ingreso o se cierra una ca-
rrera de carácter permanente,
la vigen-
cia de la condición de alumno regular
en asignaturas afectadas por la modi-
ficación implementada es de dos años
académicos posteriores a la puesta en
vigencia de la modificación
. El alumno
que no obtiene la condición de regular en
una asignatura que se dicta por última
vez, sólo tiene el ciclo lectivo inmediato
siguiente para rendir en calidad de
alumno libre. Los planes de estudio pier-
den vigencia al finalizar el segundo año
académico posterior al año en que las
asignaturas del último año del plan se
dictan por última vez.
No se sabe por qué razón las autorida-
des de la Facultad de Filosofía permitie-
ron durante mucho tiempo que los
alumnos rindieran examen de asignatu-
ras de planes de estudio no vigentes.
Esto quedó en evidencia a fines del
2013, con la implementación del SIU
Guaraní, un sistema de gestión acadé-
mica que registra y administra todas las
actividades académicas de la Universi-
dad y sus Facultades, desde que los
alumnos ingresan como aspirantes hasta
que obtienen el diploma. Fue concebido
para administrar la gestión de alumnos
en forma segura.
— ¿Por qué denuncia esta irregulari-
dad ahora?
—Porque tomé conocimiento de dos
casos testigo, donde los alumnos du-
rante 20 años rindieron 25 materias
como libres y en dos meses rindieron 5
y aprobaron, terminando la carrera,
algo que me pareció sospechoso.
— ¿Solo pasó en la Facultad de Filo-
sofía, Humanidades y Artes?
—No, en todas las facultades, no fue
solo en Filosofía. Es más, la decana de
Filosofía intento justificar diciendo que
no era la única facultad, porque en toda
la investigación que se hizo práctica-
mente todas las facultades también tie-
nen esa situación y que en el ámbito
de la UNSJ diversas resoluciones han
sentado precedente en este sentido.
—¿Por qué centra la crítica o la de-
nuncia en la decana de Filosofía?
—Porque pretende justificar una resolu-
ción, que es una norma que decide
casos particulares, por la que hace una
excepción a una ordenanza, una
OSCAR RIVEROS, DOCENTE TITULAR QUE REALIZÓ LA DENUNCIA
“Denuncié porque tomé conocimiento de dos casos testigo”
norma de carácter general, en una su-
puesta “igualdad de oportunidades”,
cuando la Dirección de Asuntos Legales
ha dicho que la concesión de excepcio-
nes particulares a lo que dispone una
norma de carácter general o reglamento,
viola el principio de legalidad.
— ¿Qué pasa con los tribunales exa-
minadores?
—Se constituyen bajo la presidencia del
profesor a cargo de la asignatura y la
vocalía de dos docentes que revistan
como Profesor Titular, Asociado o Ad-
junto.
—¿Puede excusarse un miembro del
tribunal para integrarlo?
—Sólo puede excusarse por causas
debidamente fundadas.
—¿Cómo se determina qué docente
es titular en una asignatura no vi-
gente?
—Las asignaturas no vigentes no tie-
nen profesor a cargo, la reglamentación
no prevé tribunales examinadores para
esas asignaturas. Sin embargo, en la
Facultad de Filosofía en el período
comprendido entre la pérdida de vigen-
cia de las asignaturas y fines de 2015,
en general se mantuvieron los tribuna-
les examinadores que actuaron durante
la vigencia de las asignaturas.
1,2,3,4,5,6,7 9,10,11,12,13,14,15,16,17,18,...28
Powered by FlippingBook