El Nuevo Diario - page 8

Viernes 27 de octubre de 2017
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LAS IDAS Y VUELTAS DE UN LUGAR CLAVE PARA EL TURISMO
Hubo expropiación previa y
hoy figura a nombre de la pro-
vincia. El gobierno dio marcha
atrás con el pedido de decla-
ración de utilidad pública por
las otras 72 mil hectáreas de-
bido al conflicto de intereses.
¿Cuánto vale la Pampa del Leoncito? Es
la pregunta que se hacen en el gobierno,
teniendo en cuenta que en la Cámara de
Diputados hay un proyecto que la declara
de utilidad pública y sujeta a expropiación.
¿Cuánto se va a expropiar? Es la otra res-
puesta que el gobierno debe contestar.
Es que la aparición de carteles que prohí-
ben el ingreso al lugar, dispararon hipóte-
sis y rumores sobre si es una maniobra
para que el Estado expropie y pague o no.
La gran duda es si los dueños de esas tie-
rras buscan algo similar a lo que plantea-
ron los abogados de las propietarias de
los terrenos donde está el cerro Alcázar,
quienes establecieron una superficie a ex-
propiar de alrededor de mil hectáreas a un
valor de 50 mil pesos por cada una.
La publicación de
El Nuevo Diario
con
declaraciones de uno de los integrantes
de la familia ex propietaria de la estancia,
referida a que la Pampa ya habría sido ex-
propiada, generó que el fiscal de Estado,
Jorge Alvo, ordenara buscar anteceden-
tes.
Así se logró determinar que efectivamente
había sido expropiada, pero solo donde
está emplazado el Complejo Astronómico.
¿Cuánto le costaría a San Juan
expropiar la Pampa del Leoncito?
—En este juicio se presentó el señor Al-
fredo Patricio Pérez alegando ser el
dueño del inmueble expropiado por haber
comprado por boleto de compraventa al ti-
tular registral, Zunino y Salcedo y recono-
cido ese derecho por resolución de
sentencia en autos 5.159 caratulados
Pérez, Alfredo c/Zunino y Salcedo—Escri-
turación—Cumplimiento de Contrato, tra-
mitado ante el Séptimo Juzgado Civil.
Durante la tramitación del juicio expropia-
torio la Provincia, desistió parcialmente de
la expropiación realizada. Por tal motivo,
el Juzgado interviniente en la expropia-
ción ordenó restituir las fracciones desisti-
das al señor Alfredo Patricio Pérez, con
excepción de tres fracciones: la fracción
A3 con una superficie de 414 has
9400m2, nc: 1620/350500, plano Nº
16/353/69, actualmente de la Provincia de
San Juan. Además, las fracciones 1 y 2
del plano de mensura 16/559/75 con su-
perficies de 499 has 6630,85 m2 y 988
has 967º,54 m2. Estas dos fracciones fue-
ron transferidas a la Compañía Minera
Aguilar S.A. por ley 4126 del año 1975.
—¿Se perdieron folios del Registro Inmo-
biliario y apareció con otro nombre?
—No, desde la restitución del inmueble al
señor Pérez, se sucedieron transmisiones
a otros particulares que constan inscriptas
en el Registro Inmobiliario, cumpliendo el
principio del tracto sucesivo.
—¿Alguna fracción de la Pampa está a
nombre de la provincia?
—Sí, la fracción A3 con un área de 414
has 9400 m2, nc: 1620/350500, plano Nº
16/353/69, actualmente de la Provincia de
San Juan, fracción de terreno donde está
emplazado el Observatorio El Leoncito.
—¿Qué valor inmobiliario podría tener?
—El valor del bien objeto de la expropia-
ción debe ser determinado por el Tribunal
de Tasaciones de la Provincia, el que re-
sulta competente. Fiscalía podría a través
de los peritos del área, arribar a una esti-
mación de su valor, pero no corresponde
ya que de hacerlo implicaría invadir fun-
ciones y facultades de otro organismo es-
pecífico y asignado por ley a tal efecto.
—¿Cuántas hectáreas se expropiarán?
—Fiscalía de Estado desconoce cuál es el
proyecto que existe en Diputados, por lo
que no tengo conocimiento para poder
responder.
—¿Podría generarse un conflicto por la
extensión a expropiar y el precio que
pudiera resultar de las tasaciones?
—Una vez dictada la ley, puede surgir
controversia con el propietario del bien,
respecto del valor del mismo, el que se di-
lucidará en el procedimiento administrativo
de expropiación, de optarse por éste, o
bien en el procedimiento judicial en el que
intervendría Fiscalía de Estado.
—¿Prohibir el ingreso sería una manio-
bra para acelerar la decisión de expro-
piar?
—Desconozco las razones que pudiera
tener el propietario para prohibir el ingreso
o si existen maniobras u operaciones me-
diáticas, tendientes a lograr el dictado de
la ley por parte de la Cámara de Diputa-
dos para que se afecte a expropiación
dicho terreno.
—¿Se pagó la expropiación?
—Se pagó solamente lo que se expropió.
Qué influye para
tasar el lugar
Lo que resta
l
Es zona no cultivable
l
No tiene acceso al riego
l
Es un inmueble rural
Lo que suma
l
El enorme potencial turístico
l
En el medio se encuentra en-
clavado el Observatorio Astronó-
mico
l
Es un inmueble que sería decla-
rado de utilidad pública, sujeto a
expropiación
Fiscal de
Estado,
Jorge Alvo
En ese momento la provincia desistió de
la expropiación de 72 mil hectáreas por un
conflicto de intereses entre la familia Zu-
nino y Alfredo Patricio Pérez, a quien le
vendieron oportunamente el inmueble.
En el Tribunal de tasaciones de la Provin-
cia no hay registros de que haya sido ta-
sada. Si bien el Tribunal fue creado en el
año 1989, tampoco hay antecedentes de
la Comisión de Tasaciones.
Hasta el momento no ha ingresado al Tri-
bunal de Tasaciones ningún pedido para
que se determine el valor del inmueble.
—¿La Pampa ya fue expropiada?
—Sí, fue expropiada por proceso urgente
en 1974 por ley Nº 4.007. Se expropió una
superficie de 89.582 has 9.150 m2, a An-
tonio Zunino Giraldi y Domingo Ezequiel
Salcedo, que se individualizan en la Frac-
ción B del plano de mensura. Con poste-
rioridad, se amplía la expropiación a la
Fracción A del mismo plano con superficie
de 72.421 has 7793 m2. El juicio de ex-
propiación tramitó en el Quinto Juzgado
Civil en autos 2.438 caratulados Go-
bierno de San Juan c/Antonio Zu-
nino Giraldi y otro—Expropiación.
Ese juicio fue acumulado a los
autos Nº 866 con igual cará-
tula.
—¿Aparece otro dueño?
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