El Nuevo Diario - page 8

Viernes 27 de abril de 2018
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EN EL PROYECTO SE PROPONE DESPENALIZAR EL ABORTO
Los cambios que se vienen
en el Código Penal
Siempre sufrió parches.
El más recordado fue el
de la llamada “ley Blum-
berg”, que terminó benefi-
ciando a los delincuentes.
Ahora se incorpora el
aborto, se baja la edad de
imputabilidad y jaquea a
funcionarios públicos por
hechos de corrupción.
C
on un común denominador:
el endurecimiento de las
sanciones, el Código Penal
Argentino se prepara para afrontar
una reforma trascendental que agi-
tará los ánimos –a favor y en con-
tra-, porque busca dar respuestas a
varios reclamos de la sociedad.
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En el anteproyecto, se endurecen
los beneficios carcelarios, se baja la
edad de imputabilidad y se aumen-
tan los años de prisión. También se
establece cuál sería la condena má-
xima para autores de delitos múlti-
ples y cuyos hechos merezcan la
sumatoria de penas, discriminando
para quienes sean reincidentes y
quiénes no.
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Dentro de este contexto, también se
introduce otro tema que redobla la
apuesta: el aborto. Está planeada
su legalización en casos de que
esté en riesgo la salud mental de la
mujer (lo que abriría el abanico más
allá de la generalidad), pero el de-
bate particular podría cambiar el an-
teproyecto.
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Desde hace un año, por impulso del
presidente de la Nación, Mauricio
Macri, se armó la comisión número
18, integrada por 12 miembros y el
juez de Casación Penal Mariano
Borinsky como presidente.
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Luego de 65 reuniones
plenarias, los integrantes del cuerpo
aseguran que el 80% del nuevo Có-
digo está resuelto. Y se tienen fe.
Tanto que están seguros de que el
anteproyecto -que será presentado
en mayo al Ejecutivo- no solo ten-
drá el visto bueno de Macri antes de
la feria judicial de julio, sino que in-
cluso entrará al Congreso después
de la Copa del Mundo, con grandes
chances de ser aprobado.
Armas:
la portación de un arma
civil sin autorización actualmente
tiene una pena de 1 a 4 años de
prisión. Con el cambio, la pena será
de 3 a 6 años y medio y no necesaria-
mente para quienes cometan un delito
portando un arma. Si alguien es sor-
prendido llevando una y no puede de-
mostrar que es suya, irá preso.
Libertad condicional:
se
elimina ese beneficio carcelario
para casos de
delitos dolosos
cometidos con violencia que con-
lleven grave daño físico, mental o
muerte de la víctima
. Esto incluye el
homicidio calificado, abuso sexual,
corrupción de menores, secuestros
extorsivos, trata de personas, tortu-
ras, terrorismo, desaparición forzada
de personas, tráfico de estupefacien-
tes.
Migrantes:
quien haya cum-
plido pena, haya sido expulsado
del país y retorne, será pasible de
un nuevo proceso penal.
Agravamiento de penas:
será para casos en los que el de-
lito se cometa aprovechando la
vulnerabilidad de la víctima o provo-
que especial sufrimiento; cuando
haya odio racial, religioso, político, de
violencia de género. También por des-
precio a la condición de “vulnerabili-
dad de la víctima sea por su edad,
condición de persona mayor, condi-
ción social o tareas que desempeña;
pluralidad de actores o se valga de un
menor por ejemplo, para vender dro-
gas.
Límites:
se anclará definiti-
vamente en 35 años, y en 40
para el reincidente. Además,
se considerará reincidente a la per-
sona no bien empiece a cumplir su
primer día de condena y no cuando la
finaliza.
Muerte en robo:
Se
agrava la situación del acusado
de un robo durante el cual hay
una víctima fatal, por ejemplo el del
anciano que fallece de un ataque
cardíaco en pleno asalto. Entonces,
el ladrón podrá ser condenado a
penas de entre 10 y 25 años de pri-
sión. Ahora estaba en discusión su
responsabilidad dolosa en la
muerte.
Narcos:
Sube la escala penal
para los integrantes de bandas
internacionales. Actualmente es
de 6 a 16 años de cárcel y pasa a
penas de entre 8 y 25 años.
Precursores:
Se incorpora
la figura del precursor químico
para fabricar estupefacientes y
se sube la escala de 5 a 20 años de
prisión.
Raves:
Se aplicaría a las fies-
tas electrónicas en las que se
venden drogas sintéticas y se
agrava la pena en un tercio del má-
ximo y la mitad del mínimo.
Corrupción:
Cohecho, trá-
fico de influencias o enriqueci-
miento ilícito tienen penas de
entre 3 y 10 años y no son de cum-
plimiento efectivo. La idea es llevar
la escala de 4 a 12.
Cohecho:
se amplía para los
titulares de los tres poderes del
Estado. Hoy sólo está agravado
en el caso de jueces y fiscales.
Enriquecimiento
ilícito
: Se extiende a 6 años
el plazo en el que se podrá
analizar el patrimonio de un funcio-
nario luego de dejar el cargo. Hoy
es de 2 años.
Sindicatos:
Se podrá acu-
sar de “enriquecimiento ilícito”
a los titulares de las obras so-
ciales.
Decomiso:
Los bienes de
una persona podrán decomi-
sarse al inicio del proceso y no
al final, como sucede ahora que
solo se los puede inhibir.
Separación:
Si un cón-
yuge ocultó bienes a otro por
la separación, podrá ir hasta
cuatro años preso.
Probation:
Las víctimas
podrán participar del proceso y
del acuerdo final.
Seguimiento:
En casos
de delitos como agresiones
sexuales, corrupción de me-
nores, homicidios agravados o
violencia de género, el juez podrá
ordenar un seguimiento extra judi-
cial una vez cumplida la condena.
Podrá ordenarse hasta diez años
después de cumplida la condena.
Delitos genéticos:
Por
primera vez son incluidas con-
ductas como la clonación o la
manipulación de embriones para
fines no reproductivos. También
se pena el tráfico de sangre, órga-
nos y material genético. Un ejem-
plo: la comercialización de cigotos
y embriones humanos tiene una
pena máxima de 6 años.
Pornografía infantil:
la
sola tenencia de material por-
nográfico infantil se castigará
con hasta 5 años de prisión.
Lo que cambiaría
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