Viernes 6 de mayo de 2016
OPINIÓN PÚBLICA
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maternos y puede que en poco tiempo
vuelva a ver en forma permanente a su
madre. Es que en un año y medio Alejan-
dra podría empezar a gozar del beneficio
de libertad transitoria; mientras que Oris
podría ganárselo en apenas tres años.
Para entonces, Camila seguirá intentando
tener la vida de cualquier otra niña. Pero
lo perdido no lo recuperará: Ya no puede
estudiar sola, en la escuela necesita
siempre la asistencia de una Docente Au-
xiliar Integradora; las lesiones que le pro-
vocaron le han dejado limitaciones físicas
de por vida, sobre todo motrices y neuro-
lógicas; y los traumas psicológicos con los
que tendrá que crecer la obligarán a tener
siempre acompañamiento terapéutico.
Esto sin contar los efectos que tendrá la
extremada exposición de lo que le suce-
dió y el juicio que aún queda afrontar por
abuso sexual. La vulneración de sus de-
rechos siempre estará latente y nadie
podrá devolverle la niñez que no le permi-
tieron vivir en paz y con alegría.
Los alegatos
l
“Tanto Ríos como Oris fueron provo-
cando lesiones, también intimidaciones,
que pasaban desde dejarla encerrada,
hasta obligarla a dar de comer a los ani-
males en horarios inusuales, ducharla
con agua fría, privarla de alimentos”.
l
“El mérito integral de los dos revela un
pacto de silencio, un acuerdo de volunta-
des entre Ríos y Oris, que se rompió
cuando un segundo episodio, derivado de
una hemorragia craneal que presentaba
Camila, y habiendo mediado consejo pro-
fesional de un abogado a la señora Ríos,
(esta) denuncia a Oris como presunto
autor de lesiones,
pero no en perjuicio
de la menor, sino en su
propio perjuicio”.
l
“Si hubo violencia de género no fue en
perjuicio de Ríos, sino de Camila”.
l
“Cuando se aplica el derecho, no se
aplica la justicia. Y si no, pensemos si a
Camila le vamos a poder devolver esa
apariencia de niña sana, integra y plena
que tenía antes de ser sometida a los
castigos de los que inexplicablemente era
objeto por parte de Oris y de la madre”.
Gustavo Manini,
fiscal de Cámara Penal
Patricia Sirera,
asesora de
menores
l
“Una mujer que estuvo
dispuesta a negar su condi-
ción de madre. Para la
gente común, una docente,
vicedirectora, que llevó a su
hija a vivir en condiciones
deplorables, sometiéndola y
permitiendo el sometimiento
de su pareja”.
l
“La niña fue sujeto víctima
de todas las violencias des-
criptas en los libros de mal-
trato infantil. Hemos
escuchado testimonios que
hablan de tortura, de sa-
dismo, de violencia física,
psicológica, existió violencia
tanto por acción como por
omisión grave”.
l
“Era una niña sana, inteli-
gente y feliz. Las conse-
cuencias del maltrato han
dejado en ella huellas de
por vida, físicas y cogniti-
vas, traumas psicológicos”.
l
“Convoco al tribunal a
hacer uso racional y razona-
ble de los agravantes y ate-
nuantes previstos por la
legislación penal, implo-
rando en nombre de Camila,
que se haga un esfuerzo
por superar frases hechas y
formalidades, como atenuar
una pena por no tener deli-
tos anteriores porque, para
el infierno que padeció, este
atenuante sería una ofensa
al derecho”.
l
“Ríos no trasgredía las
normas sociales. Las maes-
tras y la directora del cole-
gio manifestaron que era
responsable. Su personali-
dad no se convirtió, como
dijo del Giudice (psiquiatra),
de un día para otro en psi-
cópata. Su informe carece
de rigor, no tomó conductas
anteriores a los hechos y se
basó en lo que estaba en el
expediente de ella”.
l
“Camila tenía mucho
enojo con su mamá porque
no la defendía. Pero de ahí
a los golpes, hay mucha
distancia. Camila cree que
su mamá la dejó de querer
cuando quedó embarazada,
eso dijo su psicóloga”.
l
“Alejandra Ríos nunca,
nunca, vio que Oris le pa-
gara (a Camila), por eso
nunca lo dijo”.
l
“Oris le decía que ella no
servía, que debía atenderlo,
y ella, por el amor que sen-
tía, fue aceptando esa con-
dición. La aisló de su
familia, le empezó a cobrar
el sueldo, la hizo dejar de
trabajar un cargo”.
l
“(Ríos) aceptó la pro-
puesta de ir a vivir a un ran-
cho. Dejó lo que tenía y se
fue ahí; lo hizo con la pro-
mesa de un futuro mejor.
Ella no podía volver a fallar
en una nueva relación”.
l
“El papá (Brusotti) tam-
poco hizo mucho. ¿Qué
hizo cuando el 4 de octubre
le dijeron que Camila tenía
un golpe? Dejó pasar doce
días para ir a la Dirección
de Niñez a exponer que él
sospechaba que su hija era
maltratada.”
l
“Ella (Ríos) estaba moral-
mente violentada y no pudo
actuar en forma libre, no
pudo hacer algo ni por su
vida, ni por la de Camila”.
l
“No es posible precisar
el generador de la lesión
craneoencefálica (de
Camila). Surgen dos
tesis. Una, la del pro-
ceso de desaceleración
de un cuerpo en movi-
miento que impacta con-
tra un objeto inmóvil.
Esto coincide con lo re-
latado por Oris, que
contó haber presenciado
cómo (Ríos) arrojó a la
menor contra un mueble.
Hay una segunda tesis,
que alude a un elemento
contundente. También
coincide con lo que se-
ñaló Oris, cuando refirió
haber presenciado que
Ríos golpeó en dos
oportunidades a la
menor con una asa-
dera”.
l
“En las distintas opor-
tunidades en que Ríos
declaró, nunca señaló a
Oris como autor de mal-
trato hacia la menor”.
l
“En el Cymin, al princi-
pio, (Ríos) se mostró en
confianza con Oris, a tal
punto de haberle cedido
el uso de un carnet de
obra social de su ex ma-
rido. Posición que fue
cambiando radicalmente
cuando advirtió la grave
situación de la menor.
Con la finalidad de exi-
mirse, urgió un plan para
auto victimizarse”.
l
“Esta defensa aportó
pruebas donde se ad-
vierte la enorme familia-
ridad que tenía Oris con
Camila, había numero-
sas cartas, redactadas
de puño y letra, donde lo
trata como “papá Pe-
drito”.
l
“No es cierto que mi
cliente tenga anteceden-
tes penales. Los antece-
dentes de rigor son las
condenas, y no los pro-
cesos judiciales en trá-
mite, porque no se
conoce cuál va a ser su
resultado”.
Mabel Szalankiewicz,
abogada de Alejandra Ríos
Leonardo Arancibia,
abogado de Pedro Oris